Los servicios externos se clasifican dentro de los siguientes conceptos por no tratarse de servicios de tratamiento cotidiano o estar fuera del ámbito común y por lo tanto no haber sido recogido ni en la cuota ordinaria de cada vecino ni en el presupuesto anual de la propia comunidad.
- Búsqueda, gestión y tramitación de subvenciones para la comunidad y para cada vivienda.
- Gestión y desarrollo de la reforma integral de su vivienda de manera particular.
- Gestión y tramitación de licencias para las reformas en la mejora de zonas comunes y para cada vivienda.
- Juntas extraordinarias fijadas fuera del plan de juntas ordinarias para cada año por petición expresa de los comuneros siendo celebrada por la solicitud del porcentaje legalmente establecido.
NOTA: El precio de cada uno de los servicios externos será determinado tras haber realizado el estudio del caso y haber concluido la complejidad del mismo.