No todo el IVA que soportas se considera deducible, para que así fuera debería cumplir una serie de requisitos que a continuación te detallamos:
Justificación
Para justificarlo correctamente es imprescindible que el gasto quede debidamente justificado en una factura completa, que ha de contener los siguientes datos: Nombre / NIF del cliente y proveedor / Dirección / Fecha / Nº Factura / Concepto /Desglose Base Imponible / Cuota de IVA
Vinculación
Con esto nos referimos a que el gasto debe mantener relación con la actividad que desarrollas, entendiéndose así necesarios para la consecución de ingresos. De este modo, no se considera deducible el IVA de ropa que para uso personal adquieras.
Registro
Cualquier persona física que desempeñe una actividad económica debe llevar unos libros de registros de forma obligatoria y esos gastos a los que hacemos referencia tienen que estar correctamente registrados en dichos libros (libro de gastos).
Plazo
Dispones de 4 años para deducir el IVA soportado a partir de la fecha de emisión de la factura.
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