Ya se está aplicando la nueva normativa que exige un control de la jornada de trabajo de cada uno de los empleados. Hacerlo correctamente puede evitarte sanciones que podrían llegar hasta los 6.250€ de manos de Inspección de Trabajo
De esta forma, de forma obligatoria todas las empresas han de registrar de forma diaria e individual, la jornada de cada trabajador, sean éstos fijos, temporales y estén a jornada parcial, completa, partida o intensiva. Señalar que hasta la fecha sólo se obligaba a la empresa a registrar las horas extras de los empleados
Actualmente la empresa, de forma obligatoria, ha de registrar la jornada de trabajo y contar con documentación específica que contenga dicha información.
Si se diera el caso de incumplimiento de las antes citadas obligaciones por parte del empresario, éste podría ser multado con cantidades que oscilan entre los 60 y 6.250€
Si no estás al tanto de esta nueva normativa, es importante que te informes a fin de evitar desagradables sorpresas. Para más información y asesoramiento personalizado puedes venir a vernos a Avda. Duque de Abrantes, 46/48.
Es importante que no descuides este aspecto, pues desde Inspección de Trabajo en su instrucción 3/2016 señala una campaña específica en materia de control de horas extras de trabajadores a tiempo completo, así como en tiempo de trabajo
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Asesoría Jerez
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