Cuando un trabajador padece una baja médica, su despido encubre en muchas ocasiones una injusticia, habida cuenta de que en muchos casos el empresario se aprovecha de esa situación para poder deshacerse de él, omitiendo por completo su derecho a cuidar su salud.
Hasta el día de hoy, cuando se daba un despido de este tipo, se podía hacer bastante poco, limitándose las posibilidades a la obtención de una indemnización por despido improcedente. Por el contrario, el empleado perdía su puesto de trabajo y se veía abocado al desempleo.
No obstante, todo hace indicar que desde la Justicia Europea se podría marcar un punto de inflexión a favor del empleado. Hablamos de una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea considerando nulo el despido de un trabajador que se encuentra en situación de Incapacidad Permanente de la duración (IT), lo que conocemos como “baja médica”, por considerarlo discriminatorio.
Los efectos de la nulidad llevan consigo que el trabajador no pueda perder su puesto de trabajo, debiendo ser readmitido, con abonos de los salarios de tramitación. Lo que es lo mismo, aquellos desde el día en que se produjo el despido hasta la readmisión efectiva. De ahí la importancia de dicha sentencia.
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